martes, 25 de enero de 2011

ESTRATEGIAS DE MARKETING



Atrae a tus clientes por medio de sus sentidos
Para lograr que tus clientes se sientan atraídos a tu negocio, debemos capturarlos por los sentidos.
Aqui te mostramos algunas de las estratégias que utilizan nuestros especialistas en Marketing.

Una de las principales interrogantes con las que se encuentra el empresario al momento de iniciar su negocio, es la de ubicar el establecimiento en el lugar perfecto.
Esta decisión debe ser estudiada con especial cuidado por especialistas en Marketing puesto que, de la correcta ejecución de este paso, dependerá gran parte del éxito del nuevo punto de negocio, ya que condicionará la atracción de la clientela hacia la tienda, oficina, local o empresa.
Cuando se instala el local, no sólo la ubicación es vital, sino que todos los aspectos de su diseño. Éstos deben seguir indicaciones definidas por el mercadólogo para mantener la marca y realizar el mejor uso posible del marketing.
Por ello, es fundamental situar y diseñar el local de acuerdo a estrategias de marketing que permitirán atraer en forma eficiente a la clientela potencial del negocio.

Una forma muy efectiva para conseguirlo es diseñar un local para atacar a las sensaciones y sentidos de los clientes.

Aquí te mostramos algunas de las estrategias que utilizan nuestros profesionales en el tema:

1. Los atraemos con los colores
Los colores juegan como aliados a nuestro favor. Los clientes centran su atención en los objetos cuyo color nos transmite alguna sensación agradable. Si necesitas destacar alguna novedad, el rojo y el amarillo son más efectivos. El rosa, combinado con azul cielo, suele atraer al comprador femenino, entre otras opciones.
2. Iluminación
Las luces juegan un papel paralelo al de los colores. La ilumición debe ser estrategica dependiendo los productos o servicios que se ofrecen.
3. Atracción por el olor
Los olores ayudan a crear un buen ambiente en un establecimiento y
recordarlo mejor. Determinado perfume en una tienda de ropa, por ejemplo, facilita que el cliente relacione el olor con la marca. Además, también se puede motivar la compra por el olfato.
4. La música es vida
Hacemos que los clientes bailen al son que tú toques. Un hilo musical rápido hará que el cliente, sin ser consciente de ello, compre con más rapidez, lo que puede resultar muy útil en horas pico. Si lo que se pretende, en cambio, es que el cliente se relaje y emplee tiempo en la compra, la música lenta es una herramienta eficaz. Pero no olvidemos que cuanto más tiempo pase el cliente en el establecimiento, existen más posibilidades de compra.
5. Que nos lean
Para que el cliente preste atención a los letreros de publicidad lo ideal es colocarlos en un lugar del establecimiento en el que lo único que tenga que hacer el comprador es leer. Los profesionales de mercadotecnia identifican cuales son los puntos estrategicos de mejor visibilidad.
6. Estética del local
El comprador actual no busca sólo un buen servicio, también reclama ser atraído por la estética del establecimiento. Por este motivo, se debe controlar la imagen y ver si la que se ofrece se adecua a la actualidad o, por el contrario, ofrece sensación de antiguo. Creando un ambiente acogedor conseguiremos que el cliente pase más tiempo en el local, con lo que las posibilidades de compra también aumentan.

Estas son algunas de las estrategias que emplean nuestros profesionales en Mercadotecnia.

Te podemos ayudar a que tu negocio sea el mas exitoso!



lunes, 24 de enero de 2011

COMUNICADO SAT

DECLARACIONES ANUALES PARA PERSONAS MORALES

Requisitos para uso simultáneo de comprobantes

 Los contribuyentes que hubieran optado por emitir CFD podrán seguir utilizando comprobantes impresos en establecimientos autorizados y emitirlos simultáneamente, sin que sea necesario que dictaminen sus estados financieros, siempre que incluyan en el reporte mensual que establece la regla II.2.23.4.1., fracción IV los datos de los comprobantes fiscales impresos siguientes:
I........ RFC del cliente. En el caso de que amparen operaciones efectuadas con el público en general o con residentes en el extranjero que no se encuentren inscritos en el RFC, éstas se podrán reportar, utilizando el RFC genérico a que se refiere la regla I.2.23.4.2.
II....... Folio del comprobante y en su caso serie.
III...... Número y año de aprobación de los folios.
IV..... Monto de la operación.
V...... Monto del IVA trasladado.
VI..... Estado del comprobante (cancelado o vigente).
VII.... Números de pedimento.
VIII... Fechas de los pedimentos.


Opción para la expedición de comprobantes fiscales impresos
I.2.23.2.2..... Para los efectos del Artículo Décimo, fracción III de las Disposiciones Transitorias del CFF, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y del Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de Inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado el 1 de abril de 1995”, publicado en el DOF del 7 de diciembre de 2009, los contribuyentes que en el último ejercicio fiscal declarado o por el que hubieren tenido la obligación de presentar dicha declaración, hubieran obtenido para efectos del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $4,000,000.00, así como los contribuyentes que en el ejercicio fiscal en que inicien actividades estimen que obtendrán ingresos iguales o inferiores a la citada cantidad, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa sin importar el monto que amparen, siempre y cuando además de reunir los requisitos precisados en el artículo 29-A del CFF, con excepción de los previstos en las fracciones II y IX del citado precepto legal, cumplan con lo siguiente:

Asimismo, las personas morales a que se refiere el Título III de la Ley del ISR, que en el último ejercicio fiscal declarado hayan consignado ingresos iguales o inferiores a $4,000,000.00, o bien, que en el ejercicio fiscal en que inicien actividades estimen que obtendrán ingresos iguales o inferiores a la citada cantidad, podrán optar por aplicar lo dispuesto en la presente regla.
 La opción de emitir comprobantes fiscales impresos a que se refiere el párrafo anterior dejará de surtir efectos cuando dichas personas morales obtengan ingresos que excedan del citado monto, supuesto en el cual a partir del mes inmediato siguiente a aquél en el que se rebase tal cantidad deberán expedir comprobantes fiscales conforme a lo que establece el artículo 29, primer párrafo del CFF.
 En cualquier caso, cuando los ingresos de la persona moral de que se trate excedan del monto de $4,000,000.00 no podrá volver a ejercerse la opción a que se refiere la presente regla durante ejercicios posteriores.
La Federación, los Estados, los Municipios y las instituciones que por ley estén obligadas a entregar el importe integro de su remanente de operación, así como los organismos descentralizados que no tributen conforme al Título II de la Ley del ISR, podrán estar a lo dispuesto en la regla I.2.10.2., fracción I.

Facilidad para expedir CFD en lugar de CFDI
Los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal de 2010 y anteriores hayan optado por expedir CFD al amparo de lo dispuesto por el artículo 29 del CFF, vigente hasta el 31 de diciembre de 2010 y los hayan emitido efectivamente, podrán optar por continuar generando y emitiendo directamente CFD, sin necesidad de remitirlos a un proveedor de certificación de CFDI para la validación de requisitos, asignación de folio e incorporación del sello digital del SAT.